martes, 19 de enero de 2010

Incremento Salarial y su Impacto


Incremento anunciado del S.M. el día Sábado 16/01/2010


(Decreto a ser publicado)

Salario mínimo Trabajador Urbano del Sector Público y Privado

Salario Minimo (S.M.) a

la fecha BsF. 967,50 a

partir del

01 / 03 / 2010

Bs. 1.064,25

mensuales Luego

01/09/2010

BsF. 1.223,89

¿QUE CAMBIA EN BASE AL INCREMENTO DEL SALARIO MÍNIMO ?

Guarderías Infantiles

Aplica a todos aquellos trabajadores que devenguen hasta cinco (5) salarios mínimos y que tengan

hijos de hasta 5 años de edad. Es decir, todo aquel que devengue hasta Bs.F 5.321,25 y

posteriormente BsF. 6.119,45

Ley de Alimentación al

Será aplicable para aquellos trabajadores que perciban hasta 3 salarios mínimos, es decir BsF.

1.064,25* 3 = BsF. 3.192,75 mensuales., posteriormente BsF. 3.671,67. Pierden el derecho al

superar la cantidad es anteriormente mencionadas. La base de calculo será siendo el Valor de la

Trabajador Unidad Tributaria, (hoy día 1 U.T. = BsF.55.00) pero se amplia la base salarial para los que

percibirán el beneficio. Aplica a todas aquellas empresas con mas de 20 trabajadores.

SSO

Base de retención: 5 salarios mínimos urbanos. Base de Calculo para la retención: Bs.

1.064.25*5= BsF.5.321.25 y luego BsF. 6.119,45. Retención al trabajador 4% equivalentes a Bs.

212,85 mensuales y luego BsF. 244,78.

Aporte del Patrono: entre el 9% y 11% es decir, entre BsF.478,91 y BsF. 585,34 mensuales, luego

entre BsF. 550,75 y BsF. 673,14

Notas:

1.) La U.T. actual, G.O. 39.127- Fecha 26/02/2009 – Providencia Administrativa No. 0002344, la establece en BsF. 55,00 cada una.

2.)Unidad Tributaria se utiliza para calcular las sanciones establecidas en diversas leyes que conforman el Sistema de Seguridad

Social del país así como en otra leyes como:

(i) Ley del Seguro Social, el cual establece un régimen sancionatorio según tipos de infracciones en que incurra el patrono.

(ii) Régimen Prestacional de Empleo, el cual establece tres (3) tipos de sanciones las cuales se detallan a continuación: (a) Leves

de 1 a 25 UT; (b) Graves, de 26 a 75 UT y (c) Muy Graves, de 76 a 100 U.T.

(iii) Régimen Prestacional de Vivienda y Habitat.

(iv) Ley de Personas con Discapacidad

(v) Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

Cuadro Resumen Realizado Por:

Arturo Guevara P. / Team Talent Consulting (www.teamttc.co

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